Contratos de pasantía: qué aspectos debemos atender
El contrato de pasantía puede definirse como un contrato atípico, por el cual una persona joven –estudiante o recientemente egresada de una carrera técnica o de grado- realiza una práctica relacionada con su formación técnica o profesional, en empresas o instituciones públicas o privadas, durante un período relativamente breve y con el objetivo de aprender a aplicar sus conocimientos en su lugar de trabajo y adquirir una experiencia laboral relevante, que le permita en el futuro conseguir empleos vinculados a su especialización con mayor facilidad.
Dra. Sofía Moyano (*)
Son caracteres típicos de los contratos de pasantía: (i) la brevedad del vínculo entre el pasante y la empresa o institución; y (ii) que el factor aprendizaje supere la colaboración que preste la persona en el funcionamiento de las mismas. A continuación se describirán brevemente cuáles son las cláusulas fundamentales en un contrato de pasantía en el ámbito privado, quedando fuera del presente análisis los contratos de pasantía en el ámbito público. En Uruguay, la ley regula actualmente diversas modalidades para este tipo de contratación, cada una con sus correspondientes características[1], por lo que el contenido específico de cada contrato en particular dependerá de cada caso, no siendo objeto del presente artículo detenernos en cada uno de ellos, sino simplemente destacar aquellas cláusulas que resultan imprescindibles en todo contrato de pasantía.- Modalidad de la pasantía
- Tareas asignadas
- Lugar, asistencia y horario de la pasantía
- Obligaciones de las partes
- Remuneración (en caso de corresponder)
- Duración del contrato
- Rescisión
- Confidencialidad
- Propiedad intelectual
- Datos personales
- No competencia, exclusividad – carácter “intuito personae”
- Domicilios, comunicaciones
(*) Integrante del equipo legal de Galante & Martins.
[1] Los contratos especiales de trabajo pueden dividirse en dos grandes categorías (i) contratación de profesionales universitarios; y (ii) contratación de jóvenes, pasantías y becas. Dentro de la categoría (ii) encontramos a su vez: (a) primera experiencia laboral; (b) práctica laboral para egresados; (c) trabajo protegido joven; y (d) prácticas formativas en las empresas.