Distribución regional de productos a base de cannabis, derivados del cannabis y cannabinoides
Hace unas semanas, el Poder Ejecutivo autorizó la gestión de operaciones en depósitos aduaneros para la distribución de productos a base de cannabis, derivados o cannabinoides, así como plantas o productos terminados o semielaborados de cannabis con fines medicinales en la región. Analizaremos a continuación los puntos centrales previstos bajo el Decreto No. 282/020.
Por Sofía Moyano Lussich (*)
- Operaciones habilitadas por el Decreto No. 282/020
- Requisitos básicos: habilitación como operador farmacéutico y licencia del Ircca
- Contar con una dirección técnica local, a cargo de un químico farmacéutico u otra profesión habilitada por el MSP (Ministerio de Salud Pública).
- Indicar depósito habilitado ante el MSP propio o tercerizado.
- Presentar declaración jurada describiendo la operación a desarrollar por la empresa, firmada por el representante legal de la misma y su director técnico, y acompañada de certificación notarial de firmas.
- Copia de la habilitación de la autoridad sanitaria de origen de sus proveedores, así como de la habilitación de la autoridad sanitaria de origen de los fabricantes del producto terminado o de la materia prima importados.
- Copia del certificado de análisis del fabricante de cada lote del producto terminado o la materia prima importados.
- Copia del certificado de producto farmacéutico que acredite autorización para comercialización en el país de origen.
- Requisitos para operaciones de importación en régimen de depósito aduanero
- Detalle completo del nombre del estupefaciente; denominación común internacional (si la hubiere); cantidad a importar; nombre y dirección del depósito aduanero importador; nombre y dirección del exportador; periodo dentro del cual se efectuará la importación. Toda esta información tendrá carácter de declaración jurada, pudiendo la autorización contemplar que la importación se realice en más de una expedición.
- Declaración jurada de la dirección técnica de la empresa en la que conste que los productos no tendrán a Uruguay como destino final de los mismos.
- Constancia de habilitación de la empresa que remite el producto, emitida por parte de la autoridad sanitaria del país de origen.
- Constancia de habilitación de depósito aduanero importador, en los términos regulados bajo este Decreto.
- Ratificación de la información relativa al nombre del estupefaciente; denominación común internacional (si la hubiere); cantidad a importar; nombre y dirección del depósito aduanero importador; nombre y dirección del exportador; periodo dentro del cual se efectuará la importación.
- Certificado de análisis del fabricante de cada lote de producto.
- Guías aéreas (de corresponder), detalle de cantidad de bultos, kilos e información de origen desde la salida.
- Autorización de importación emitida por el Departamento de Sustancias Controladas del MSP.
- Permiso de exportación expedido por las autoridades competentes del país exportador.
- Cancelación y salida del territorio. Documentación de exportación por reembarque
- Detalle completo (con carácter de declaración jurada) del nombre del estupefaciente; denominación común internacional (si la hubiere); cantidad a exportar; nombre y dirección del importador; nombre y dirección del depósito aduanero exportador; periodo dentro del cual se efectuará la exportación.
- Nombre comercial, nombre de los compuestos activos presentes, cantidad de unidades del producto, cantidad total en gramos de cannabinoides a ser exportados, forma farmacéutica, presentación, fines para los que se requiere la exportación.
- Autorización de importación o certificado de no objeción, indicando su número y fecha, expedido por autoridades sanitarias del país importador.
- Ratificación de la información relativa al nombre del estupefaciente; denominación común internacional (si la hubiere); cantidad a exportar; nombre y dirección del importador; nombre y dirección del depósito aduanero exportador; periodo dentro del cual se efectuará la exportación.
- Fotocopia de la factura proforma o definitiva (con nombre, domicilio completo y país de la empresa que factura).
- Constancia de pago del certificado de exportación.
- Autorización de exportación emitido por el Departamento de Sustancias Controladas del MSP.
- Tramitación y plazos
- Consideraciones finales
(*) Integrante de Galante & Martins