Flexibilización del cumplimiento de indicadores y de la presentación de información de los proyectos de inversión promovidos
Debido a la emergencia sanitaria que atraviesa el país por el COVID-19 la Comisión de Aplicación de la Ley de inversiones (COMAP) determinó la flexibilización del cumplimiento de indicadores de los proyectos de inversión promovidos y otorgó mayores plazos para la presentación de información de control y seguimiento.
Por Cra. Mariana Gelpi (*)
La Ley de Promoción y Protección de Inversiones y sus Decretos reglamentarios otorga beneficios y ahorros impositivos a los contribuyentes, bajo ciertas condiciones y mediante el cumplimiento de determinados objetivos. Para acceder a estos beneficios es necesaria la presentación de un proyecto de inversión ante la Comisión de Aplicación de la Ley de Inversiones (COMAP). Desde que se declaró el estado de emergencia sanitaria en nuestro país las empresas han presentado dificultades y se ha visto disminuido el nivel de actividad de varios sectores. En aquellas empresas que cuentan con proyectos promovidos esto repercute directamente en el cumplimiento de los objetivos. Teniendo en cuenta esta situación la COMAP ha resuelto una serie de disposiciones flexibilizando el cumplimiento de los indicadores y otorgando mayores plazos para la presentación de información. Cumplimiento de indicadores comprometidos y prórroga del cronograma de ejecución de inversiones Mediante la Circular 1/2020 se determinó que para la medición del cumplimiento de los indicadores, las empresas podrán optar por:- No computar para el cumplimiento de los indicadores comprometidos, los ejercicios finalizados en el período comprendido entre el 01 de abril de 2020 y el 31 de marzo de 2021
- Considerar el cumplimiento de los indicadores comprometidos en los ejercicios finalizados en el período comprendido entre el 01 de abril de 2020 y el 31 de marzo de 2021, tomando para el cálculo del promedio, la totalidad o alguno de los meses del período mencionado, a opción de la empresa. En este último caso, el cómputo del indicador a efectos de la determinación del promedio, tendrá en cuenta la cantidad de meses considerados y deberá detallarse el cálculo del mismo, en la Declaración Jurada de Cumplimiento del ejercicio correspondiente.
(*) Contadora Pública, integrante del Departamento de Consultoría de CARLE & ANDRIOLI, firma miembro independiente de Geneva Group International