Las zonas francas en el Uruguay
Las zonas francas continúan siendo atractivas para muchas empresas internacionales o locales que se instalan para brindar servicios globales y realizar actividades comerciales o industriales destacándose las operaciones regionales de logística.
Por Diego Lasalvia (*)
La promoción y desarrollo del régimen de Zona Franca (ZF) uruguayo ha sido declarado de interés nacional, con los objetivos de promover las inversiones, diversificar la matriz productiva, generar empleo, impulsar las actividades de alto contenido tecnológico e innovación, promover la descentralización de las actividades económicas y el desarrollo regional. En términos generales, favorecer la inserción del país en la dinámica del comercio internacional de bienes y servicios, y los flujos internacionales de inversiones. La normativa busca dinamizar y especializar el régimen, incentivando actividades de especial interés para el país y promoviendo nuevas inversiones. En la actualidad Uruguay cuenta con 11 zonas francas con diversas especializaciones, la mayoría de ellas próximas al área metropolitana. Estas son: Aguada Park, Parque de las Ciencias, Zona Franca Colonia, Zona Franca Colonia Suiza, Zona Franca Florida, Zona Franca Libertad, Zona Franca Nueva Palmira, Zona Franca Punta Pereira, UPM Fray Bentos, WTC Free Zone, y Zonamerica. Explotador y usuario El explotador o desarrollador puede ser el propio Estado o un privado. En este caso, el explotador o desarrollador puede ser una persona física o jurídica y debe proveer la infraestructura necesaria y suficiente para la instalación y funcionamiento de una ZF, a cambio de un precio. La autorización es, por tanto, onerosa y puede ser abonada en una única instancia o con pago de canon periódico al estado, el modus operandi más extendido. Los usuarios son personas físicas o jurídicas que adquieren el derecho a desarrollar sus actividades dentro de la zona franca, no pudiendo desarrollar ningún otro tipo de actividad fuera de ella. Existen dos categorías de usuarios: los directos y los indirectos. Los usuarios directos son aquellos que contratan directamente con el explotador, mientras que los usuarios indirectos contratan con el usuario directo, utilizando o aprovechando las instalaciones de aquel. Administración, supervisión y control La administración y supervisión se encuentra a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) a través de la Dirección General de Comercio (DGC) – Área Zonas Francas (AZF). Es el organismo interlocutor principal para todas las reglamentaciones, permisos y controles referidos a todas las zonas francas del país. A partir de la aprobación del Código Aduanero de la República Oriental del Uruguay (Carou), Ley 19.276 del 2014, las zonas francas pasan de ser un exclave a formar parte del territorio aduanero, por lo tanto, bajo el control de la Dirección Nacional de Aduanas (DNA). Actividades permitidas Los usuarios que operan en una ZF pueden desarrollar actividades de servicios, comerciales o industriales. Las actividades pueden ser realizadas desde dentro de la ZF a otros usuarios de ZF donde opera la empresa, a usuarios de otras ZF o a clientes instalados en el exterior. Existe una excepción para los servicios, los que pueden prestarse a clientes instalados en el territorio uruguayo no franco, con la condición que éstos sean contribuyentes del Impuesto a la Renta de Actividades Económicas (IRAE). En contrapartida, el gasto para estos contribuyentes no será deducible de dicho impuesto. La normativa admite la realización de todo tipo de actividades comerciales, industriales y de servicios, como por ejemplo: servicios financieros, profesionales, asesoramiento y consultoría, informática, BPO (outsourcing), actividades de depósito, almacenamiento, acondicionamiento, selección, clasificación, fraccionamiento, armado, desarmado, manejo o mezcla de bienes o materias primas de origen nacional o extranjero, e instalación y funcionamiento de establecimientos fabriles. A su vez, la Ley encomienda al Poder Ejecutivo a adoptar las medidas necesarias a los efectos de que estas actividades no perjudiquen la capacidad exportadora de las industrias ya instaladas en zonas no francas. La ventaja más importante: la exoneración de impuestos El régimen de ZF garantiza una exoneración general y total de todos los impuestos nacionales. Esto se aplica tanto para impuestos actuales como futuros, y se le garantiza al usuario la exoneración durante todo el plazo de vigencia de su contrato de usuario. En consecuencia, dada la exoneración, los usuarios no pagarán:- IVA sobre bienes o servicios, tasas del 10% o 22%.
- Impuesto a las Renta de Actividades Económicas (IRAE) tasa del 25%.
- Impuesto a la distribución de dividendos, tasa del 7%.
- Impuesto al patrimonio, tasa del 1.5%.
- Impuestos o aranceles de importación y exportación.
- Impuesto al Control de las Sociedades Anónimas (Icosa).
- No posee requisitos mínimos de capital.
- Pueden tener uno o varios directores.
- Puede tener un único accionista en el caso de sociedades anónimas.
- Los directores y accionistas pueden ser extranjeros, o incluso otra persona jurídica.
- La presencia física de los directores no es necesaria en el país.
(*) Contador Público, Departamento Tributario de Carle & Andrioli, firma miembro independiente de Geneva Group International