Prórroga de exoneraciones a sectores más afectados por la emergencia sanitaria
Se promulgó la Ley 19.989 de 24/09/2021, mediante la cual se prorrogan los beneficios tributarios establecidos originalmente en la Ley 19.956 de 10/06/2021. Se extiende la exoneración de aportes jubilatorios patronales a la seguridad social de las obligaciones correspondientes al período entre el 01/07/2021 y el 31/10/2021 para actividades especialmente afectadas por el impacto económico de la situación de emergencia sanitaria.
Por: Equipo Contable
Los sectores más afectados incluidos en la prórroga son:- Organización y realización de fiestas y eventos, con o sin locales.
- Organización y realización de congresos o ferias nacionales e internacionales.
- Agencias de viajes.
- Transporte terrestre de grupos turísticos y excursiones, de pasajeros en remises, de pasajeros en taxímetros, choferes de aplicaciones, y arrendamiento de vehículos sin chofer.
- Salas de cine, distribución cinematográfica y teatros.
- Alojamiento y alimentación incluidos en el Grupo 12, Subgrupos 1, 2, 4 ,7 y 7.1.
- Artistas y actividades conexas no publicitarias.
- Alquiler, servicio y soporte de equipos de filmación, y prestación de servicios audiovisuales para eventos en general no publicitarios.
- Educación deportiva y recreativa, administración de otro tipo de instalaciones deportivas, y actividades de clubes deportivos.
- Exoneración de aportes patronales jubilatorios
- Exoneración de IRAE Mínimo
- Anticipos de Impuesto al Patrimonio