Proyecto de ley: Medidas tributarias para micro y pequeñas empresas
El Poder Ejecutivo presentó un proyecto de ley enfocándose en las empresas de menor porte, con medidas como la exoneración de aportes jubilatorios, IRAE mínimo, facilidades para pagos de deudas tributarias y aportación gradual para monotributistas que inicien actividades.
Por Javier Moo (*)
Con fecha 9 de marzo de 2021, el Poder Ejecutivo puso a consideración del Parlamento un proyecto de ley con medidas de apoyo a las micro y pequeñas empresas, a los efectos de mitigar las consecuencias económicas originadas por la pandemia. Exoneración de aportes patronales Se propone exonerar el 50% de los aportes patronales jubilatorios comprendidos en el régimen de Industria y Comercio de los titulares de empresas unipersonales, socios de sociedades personales, cooperativas y demás entidades, y los correspondientes a sus trabajadores dependientes, por el período comprendido entre enero de 2021 y junio de 2021. El beneficio se aplicará siempre que las entidades no hayan tenido más de 19 empleados en relación de dependencia durante el año civil 2020, y sus ingresos en el último ejercicio cerrado previo a la vigencia de la ley que se proyecta no hayan superado los 10.000.000 de UI a la cotización vigente al cierre del ejercicio (para ejercicios cerrados a diciembre 2020, $ 47.846.000). Para calcular la cantidad de empleados se deberán incluir también aquellos amparados en subsidios prestados por el BPS y el BSE. En el caso de cooperativas de trabajo y sociales se deberán computar también los socios trabajadores. No se considerarán como empleados dependientes a los directores de sociedades anónimas así como a los directores, administradores y representantes legales de sociedades por acciones simplificadas. Los contribuyentes con cierre de ejercicio diferente al 31 de diciembre podrán optar por considerar los ingresos correspondientes al año civil 2020 para quedar comprendidos en el beneficio, de acuerdo con las condiciones que determine la reglamentación. En los ejercicios menores a 12 meses se deberán considerar los ingresos en forma proporcional. También tendrán la exoneración de los aportes patronales jubilatorios mencionada aquellas empresas que no cumplan con las condiciones exigidas de cantidad de empleados e ingresos, pero que pertenezcan a los sectores de actividad que se vieron fuertemente afectados por la interrupción de actividades debido a la emergencia sanitaria. En ese sentido, el proyecto menciona las siguientes actividades:- Servicios de transportes escolares.
- Servicios de cantinas escolares.
- Servicios de organización y realización de fiestas y eventos en locales.
- Servicios de organización y realización de congresos o ferias nacionales e internacionales.
- Servicios prestados por las agencias de viaje.
- Servicios de transporte terrestre (grupos turísticos y excursiones).
- Servicios prestados por las concesionarias de los aeropuertos internacionales de Carrasco y Laguna del Sauce.
- Servicios prestados por las empresas de transporte aéreo de pasajeros que operen en el país.
- Servicios prestados por empresas de salas de cine y distribución cinematográfica.
- Servicios prestados por las empresas pertenecientes a los grupos de actividad de hoteles y restaurantes incluidos en el Grupo 12, Subgrupos 1,2, 4 y 7.
- El 25% durante los 12 primeros meses.
- El 50% durante los segundos 12 meses.
- El 100% a partir de los terceros 12 meses.
(*) Contador público, integrante del Departamento Tributario de Carle & Andrioli, firma miembro independiente de Geneva Group International