Régimen de contralor sobre personas jurídicas con participación estatal
El Proyecto de Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal del Ejercicio 2016 ingresó al Parlamento con fecha 22 de junio del 2017 y con fecha 5 de agosto de 2017 se dio a conocer el texto aprobado por la Cámara de Representantes. Se amplía espectro de sujetos obligados al contralor de la información contable que es ejercida por Poder Ejecutivo, Tribunal de Cuentas y Auditoría Interna de la Nación (AIN).
Proc. Álvaro Alonso (*)
Ámbito de aplicación Podemos categorizar a los sujetos alcanzados por la normativa proyectada en tres grandes grupos según la modalidad de participación estatal que cumplan.- Personas públicas no estatales esto es, entidades cuyo régimen jurídico se rige al menos parcialmente por el derecho público, pero que no integran la estructura del Estado entendida en un sentido amplio y Cajas paraestatales de Seguridad Social, esto es, Caja Notarial de Jubilaciones y Pensiones, la Caja Bancaria y la Caja de Profesionales Universitarios.
- Organismos públicos que manejen fondos públicos o administren bienes del Estado.
- Personas jurídicas cualquiera sea su naturaleza y finalidad en las que el Estado participe directa o indirectamente en todo o en parte de su capital social.
- Ante quién se deberán presentar los Estados Contables y requisitos que deben cumplir
- Publicidad de los Estados Contables
- Antecedentes existentes a la fecha de redacción del artículo 17
- Consideraciones finales
(*) Integrante del equipo legal del estudio Galante & Martins.