Sanciones aplicables por no comunicar a accionistas y beneficiarios finales
Por: Dr. Esc. Juan Campomar Ruano (*)
LEY 19.484 El artículo 7 de la ley 19.631, promulgada el 22/06/2018 y publicada el 03/07/2018 ajustó los plazos establecidos por el artículo 42 de la ley 19.484, fijándose el siguiente cronograma:- Sociedades anónimas con acciones nominativas: 30 de junio de 2018;
- Sociedades de responsabilidad limitada y fideicomisos no obligados a informar por la Ley N°18.930, de 17 de julio de 2012: 30 de setiembre de 2018;
- Demás entidades obligadas por la ley, con excepción de las obligadas a informar por la Ley N°18.930, de 17 de julio de 2012: 30 de noviembre de 2018.
- Identificar y comunicar beneficiarios finales al BCU
- Identificar y comunicar titulares de participaciones patrimoniales nominativas o escriturales al BCU
- Entidades obligadas por ley 18.930 (decreto 282/017) – 31/10/2017;
- sociedades anónimas con acciones nominativas – 30/06/2018;
- sociedades de responsabilidad limitada y fideicomisos no obligados a informar por la Ley N°18.930, de 17 de julio de 2012 – 30/09/2018;
- demás entidades obligadas por la ley, con excepción de las obligadas a informar por la Ley N°18.930, de 17 de julio de 2012 – 30/11/2018;
- Sanciones operativas: A) Prohibición de distribuir dividendos, utilidades, ganancias, rescates, recesos, resultado de la liquidación, o cualquier partida de naturaleza similar a los accionistas y/o beneficiarios. B) Suspensión del certificado único de la DGI
- Sanciones pecuniarias: A) Se establecen sanciones pecuniarias graduadas considerando la dimensión económica de la entidad obligada, el plazo del incumplimiento y el valor máximo de la multa por contravención y el porcentaje de participación respecto del cual se desconoce el beneficiario final. B) Se establecen sanciones pecuniarias por no identificar y comunicar los titulares de participaciones patrimoniales nominativas.
b) Sanciones por no identificar y comunicar titularidad de participaciones nominativas:
(*) Integrante del equipo de Galante & Martins Internacional.