Uso del celular en el trabajo no configura por sí notoria mala conducta
La Suprema Corte de Justicia (SCJ) condenó recientemente a una prestigiosa institución de salud privada a pagar aguinaldo, indemnización por despido especial y multa transaccional a una funcionaria que había sido despedida bajo esta causal, por haber usado su celular en el horario de trabajo. Analizaremos a continuación los principales argumentos manejados para determinar el descarte de la notoria mala conducta, a efectos de ilustrar sobre qué factores analizar al momento de considerarla como sanción aplicable.
Por Sofía Moyano Lussich (*)
- Contexto: hechos que motivaron el reclamo judicial y posiciones de las partes
- Fallos en primera y segunda instancia
- Opinión discorde en segunda instancia
- Posición de la SCJ
- Consideraciones finales
(*) Integrante de Galante & Martins